martes, 9 de febrero de 2010

Caso práctico T. de Versalles.

Derecho Internacional Público

Actividad en clase: Caso práctico.

Objetivo de la actividad: Identificar en la práctica la aplicación

de las fuentes del DIP.

Valor de la actividad: 10 Puntos

Valor jurídico del Tratado de Versalles de 1919

Hechos:

La derrota de las potencias centrales, en la primera guerra

Mundial, obligó a Alemania a firmar el Tratado de Versalles,

aceptando prácticamente todas las exigencias de los aliados,

al no tener opción alguna a oponerse a ellas. Tras la subida al

poder del régimen nacionalsocialista, en 1933 , el Tratado de

Versalles que en Alemania había sido calificado de “Diktat o

imposición” fue sistemáticamente violado.

Preguntas:

1. ¿Podría Alemania alegar vicios del consentimiento, y

declarar la nulidad del tratado?

R= Alemania, podría alegar como vicio del consentimiento la violencia, ya que el tratado de Versalles se elabora por Francia, Italia, Reino Unido y E.U.A., nunca se le pregunto a Alemania que opina respecto a las políticas que se aplicarían al entrar en vigor este tratado, lo único que paso fue, que a Alemania lo obligaron a firmar bajo una amenaza de que si no firmaba ese acuerdo tal como estaba reiniciarían las hostilidades en contra de Alemania y no cesarían hasta ver firmado ese tratado o hasta acabar con el territorio alemán. Porque digo que podría, muy sencillo, porque en materia de derecho internacional público, la doctrina solo toma como vicios del consentimiento al dolo y al error, y estos no aparecen en la firma del tratado de Versalles, además de que en esa época no existía la convención de Viena pero si esta hubiera estado vigente en esos momentos se podría alegar de parte de Alemania la coacción sobre su estado por medio de uso de amenazas, y con esto podría haberse hecho invalido el tratado de Versalles.

2. ¿Y si invocará Alemania el principio res inter alios para

afirmar que no fue el gobierno nacionalsocialista el que

concluyó el tratado, sino otro gobierno diferente y que

habían cambiado radicalmente las circunstancias?

R= Esto no procedería, ya que el principio “res inter alios acta”, nos dice que, un tratado no puede en principio, obligar a sujetos que no han participado en el, si nos basáramos solo en lo que dice sin tener conocimiento jurídico podríamos llevar acabo la acción que nos presenta la pregunta, pero, los sujetos en el derecho son las partes de un contrato, tratado, convención, protocolo etc. Es decir en la firma del tratado de Versalles los sujetos fueron Alemania, en su capacidad y como representación del estado, no como las personas que firmaron, ni el partido al que estas formaban parte, con E.U.A, Reino Unido, Italia y Francia en las mismas condiciones, representando a su país y la voluntad de este.

3. ¿Está un país obligado a mantener inmutable un tratado

que lo perjudica gravemente? O, en caso contrario ¿Qué

recursos jurídicos tendría a su disposición para

modificarlo o terminarlo?

R= La primer pregunta podemos decir que NO, esto ya que en el momento en el que se firmo ese tratado era una de las mejores opciones para terminar con la guerra, normas un tanto exageradas peor que quisieron dar solución a un conflicto, esto ya que el principio del” jus congens” art. 53 de la convención de Viena nos dice: “ Es nulo todo tratado que, en el momento de su celebración, este en oposición con una norma imperativa de derecho internacional general” , pero para entender que es una norma imperativa de derecho internacional general se dice que es, una norma aceptada y reconocida por la comunidad internacional de estados en su conjunto como norma que no admite acuerdo en contrario y que solo puede ser modificada por una norma ulterior de derecho internacional general que tenga el mismo carácter. Resalto esta ultima parte para que veamos que ahora Alemania podría alegar que en 1919 fecha cuando se firma el tratado de Versalles la norma internacional era la del desarme total de Alemania y demás normas estipuladas en el tratado, pero que ahora ya no son necesarias y si, es necesario que Alemania tenga fuerzas armadas por cualquier tipo de actividades necesarias en las que tengan que participar sus fuerzas armadas, dentro o fuera de su país, siempre y cuando demuestre que no es para nuevos conflictos bélicos en los que quisiera participar o comenzarlos, con esto se podría ayudar para hacer nulo el tratado y por esto siento que ningún estado está obligado a mantener inmutable un tratado que lo perjudica.

Para la segunda parte d esta pregunta, pienso que los recursos jurídicos que tendría seria el demostrar si el tratado de Versalles es un tratado-contrato, o un tratado-ley, ya que en un tratado-contrato son de finalidad limitada a crear una obligación jurídica que se extingue con el cumplimiento del tratado. Y el tratado ley, está destinado a crear una reglamentación jurídica permanentemente obligatoria.

Entonces si Alemania demuestra que el tratado de Versalles fue un tratado-contrato, podría decir que el tratado de Versalles ya se cumplió y al momento de cumplirse ya se extingue y puede o firmar uno nuevo o solamente hacer sus actividades de nuevo normalmente, si fuera un tratado ley pues tendría que buscar algún vicio del consentimiento como alegar la violencia moral a la que estaba sometido cuando firmo el tratado y con esto tal vez hacerlo invalido, peor como ya sabemos la violencia, moral o física no es tomada en cuenta a nivel internacional como un vicio del consentimiento.

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